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Última modificación: 14 de septiembre de 2023

Política 5400 Procedimiento 7: Tiempo libre remunerado

El tiempo libre remunerado es un beneficio de permiso remunerado que se ofrece a los empleados contratados. Las solicitudes de tiempo libre remunerado (PTO) se presentarán al supervisor del empleado. El PTO se pagará en su totalidad por los días de ausencia aprobados. Los empleados son responsables de informar a sus supervisores directos de su permiso antes del día en que se tomará el permiso, excepto en caso de enfermedad u otras emergencias. Los empleados que soliciten PTO en un Día de Alto Impacto deberán solicitar la aprobación de su supervisor directo y del Director de Recursos Humanos. El tiempo libre pagado, sin la aprobación previa de un Director de Recursos Humanos, no puede tomarse dentro de los treinta (30) días inmediatamente anteriores al último día de empleo con el Distrito Escolar de la Ciudad de Provo.

  • A los grupos de empleados se les conceden los siguientes días de PTO según su acuerdo negociado para cada año:
  • El empleado clasificado contratado puede tomar PTO por un máximo de ocho (8) días cada año.
  • Los empleados licenciados contratados pueden tomar PTO por un máximo de ocho (8) días cada año.
  • Los empleados por hora con derechos adquiridos pueden tomarse hasta diez (10) días de permiso retribuido por horas (HPL) al año. Estos 10 días también pueden utilizarse por enfermedad personal.
  • Los administradores y los empleados técnicos profesionales pueden tomar PTO por un máximo de diez (10) días cada año.
    • Los empleados contratados que trabajen menos de 40 horas semanales y tengan derecho a vacaciones recibirán una cantidad prorrateada de PTO en función de las horas trabajadas.
    • Los empleados contratados que sean contratados a mitad de año y que tengan derecho a PTO recibirán una cantidad prorrateada de PTO basada en el porcentaje de días de contrato restantes en el momento de la contratación.

Días de alto impacto

El PTO no podrá tomarse en los días siguientes sin el permiso del supervisor del empleado y de un Director de Recursos Humanos:

  • Los cinco primeros o últimos días de clase
  • La semana anterior y posterior a las vacaciones de otoño, las vacaciones de Acción de Gracias, las vacaciones de invierno y las vacaciones de primavera
  • Días de graduación de la UVU o BYU a menos que se trate de la graduación de un familiar directo
  • Conferencia de padres y profesores
  • Jornadas de desarrollo profesional
  •  Días de alto impacto identificados por los directores/supervisores del edificio anunciados en las dos primeras semanas del año escolar

Otras consideraciones

El Distrito Escolar de la Ciudad de Provo reconoce que pueden ocurrir circunstancias atenuantes. Los empleados pueden apelar a su supervisor y al Director de Recursos Humanos para obtener días adicionales de PTO para hacer frente a circunstancias atenuantes.

Referencia legal y sinopsis:

  • Código de Utah Ann., 53G-11-206
    • Permiso de asociación-Política del distrito

Adopción: 1 de diciembre de 2014

  • Actualizado: 21 de junio de 2021
  • Puesta al día: 22 de agosto de 2023
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