Última modificación: 2 de octubre de 2023
Política 4160: Educación especial y servicios afines para alumnos aptos
Gobernanza responsable
La Junta de Educación del Distrito Escolar de la Ciudad de Provo reconoce que los estudiantes con discapacidades pueden requerir instrucción especialmente diseñada y servicios relacionados para recibir una educación pública gratuita y apropiada. Con el fin de proporcionar esos servicios de una manera eficiente y eficaz, la junta nombrará a un Director de Educación Especial que proporcionará liderazgo en la planificación, dotación de personal, establecimiento de políticas, interpretación de las políticas/procedimientos federales y estatales de educación especial más actuales e implementación de la Política 4160 y los procedimientos asociados a la política.
Crear condiciones para el éxito de los estudiantes
El PCSD adopta las Políticas y Procedimientos de Educación Especial de la Junta de Educación del Estado de Utah (USBE) (enero de 2023) en su totalidad como se documenta en la Política 4160 Procedimiento 1 del PCSD. El programa de servicios de educación especial del PCSD será operado en conformidad con los requisitos federales y estatales. Además, la Junta apoyará estas condiciones para el éxito del estudiante:
- La educación especial y los servicios relacionados se proporcionan a los estudiantes con discapacidades para apoyar su participación en el programa de educación general y facilitar el acceso al plan de estudios básico en la medida máxima apropiada según lo determinado por el equipo del IEP.
- El distrito proporcionará un continuo de opciones de colocación para apoyar el aprendizaje de los estudiantes con discapacidades.
- Sólo tendrán acceso a la educación especial y a los servicios afines los alumnos que un equipo del IEP haya determinado que reúnen los requisitos necesarios.
Resolución de litigios
La Junta autoriza al superintendente o a la persona designada a comprometer al distrito en una mediación, acuerdo de resolución o audiencia de debido proceso.
Participación de los padres
La Junta reconoce que la participación de los padres es fundamental para el cumplimiento de los requisitos de la Ley federal de Educación para Personas con Discapacidades (IDEA) y alienta el fomento de relaciones positivas con las familias. La Junta apoya los esfuerzos en curso para fomentar una colaboración significativa entre los estudiantes, las familias, las escuelas y las agencias de la comunidad.
Desarrollo del personal
La Junta apoya el desarrollo profesional de los educadores especiales con el fin de A) satisfacer las necesidades individuales de los estudiantes con discapacidades y B) mantenerse al día en los aspectos legales y de cumplimiento relacionados con la prestación de servicios de educación especial. La Junta también ha mejorado el apoyo a los educadores especiales principiantes.
Graduación
Un estudiante con una discapacidad servido por un programa de educación especial deberá satisfacer la finalización de la escuela secundaria o los criterios de graduación, de conformidad con la ley estatal y federal y el IEP del estudiante.
- El Equipo del IEP debe adherirse a las Guías de Graduación de Educación Especial del USBE más actualizadas para obtener información adicional sobre la modificación de los requisitos de graduación y las sustituciones del IEP.
- El equipo del IEP puede enmendar (incluye modificaciones, sustituciones y/o exenciones), los requisitos de graduación basándose en las circunstancias únicas y las necesidades individuales del estudiante con una discapacidad. Todas las modificaciones deben mantener el rigor esperado para los requisitos de graduación de la escuela secundaria y documentarse en el IEP.
- PCSD puede otorgar a un estudiante un certificado de finalización de acuerdo con la ley estatal y federal y el IEP del estudiante.
- Los alumnos con discapacidades pueden recibir un Certificado de Aprovechamiento si han terminado el último curso, están abandonando el sistema escolar o no han cumplido todos los requisitos estatales o del distrito para obtener un diploma.
- Si ese alumno no ha cumplido los 22 años, puede volver al sistema escolar para obtener un diploma de secundaria normal.
- Los estudiantes con discapacidades pueden participar en las ceremonias de graduación en la escuela secundaria si reciben un diploma o Certificado de Finalización al mismo tiempo que sus compañeros de nivel de edad reciben los suyos.
Finalización de los servicios de educación especial en la escuela secundaria
El derecho de un alumno a la FAPE finaliza cuando el alumno discapacitado se ha graduado de la escuela secundaria con un diploma normal o cumple 22 años, dejando la escuela en las vacaciones de invierno o al final del año escolar, dependiendo de la fecha de cumpleaños del alumno. La obligación de FAPE continúa para los estudiantes que han completado la escuela secundaria, pero no se les ha concedido un diploma de escuela secundaria regular.
Programa postsecundario
- Los estudiantes con discapacidades que han completado 13 años de educación o cumplen/cumplirán 18 años antes del siguiente mes de agosto, y continúan siendo elegibles para recibir servicios que garanticen la FAPE, pueden hacer la transición al programa postsecundario del PCSD.
- Los alumnos con discapacidades que participan en el programa post-secundario pueden seguir participando hasta que a) se gradúen con un diploma de escuela secundaria normal, b) hasta que cumplan 22 años o c) hasta que el alumno adulto decida no continuar antes de los 22 años.
Participación comunitaria
El superintendente supervisará el desarrollo y mantenimiento de los procedimientos de educación especial necesarios para aplicar esta política. La política y los procedimientos estarán a disposición del público.
Referencias legales y sinopsis
Políticas y procedimientos de educación especial del Consejo de Educación del Estado de Utah, 2023
- Entorno menos restrictivo, opciones de colocación, planes de transición postsecundaria, educación pública gratuita y adecuada, programa postsecundario
Junta Estatal de Educación de Utah, Servicios de Educación Especial, Directrices de Graduación para Estudiantes con Discapacidades 2016-2017 (UCA 53E-7-201; Reglas de la Junta R277-419- 2(23)(B)).
- Modificación de los requisitos de graduación. Finalización de los servicios de educación especial
Aprobado por el Consejo Escolar del PCSD
12 de septiembre de 2023