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Última modificación: 5 de enero de 2024

4030 P1 Animales de servicio en las escuelas

Usos de los animales de servicio

El uso de un animal de servicio por un estudiante con una discapacidad será permitido en la escuela cuando es determinado que la discapacidad del estudiante requiere tal uso para asistir o acomodar el acceso al programa instructivo, los servicios de la escuela y/o las actividades de la escuela. Los padres/estudiantes trabajarán con el Departamento de Educación Especial para desarrollar adaptaciones. El personal trabajará con Recursos Humanos para desarrollar adaptaciones.

Se permitirá el uso de un animal de servicio por parte de un empleado discapacitado cuando dicho uso sea necesario como adaptación razonable para permitir al empleado desempeñar las funciones esenciales de su puesto de trabajo o acceder a las ventajas laborales que se ofrecen a todos los empleados de la misma clasificación laboral. Las adaptaciones para los empleados se revisan a través de Recursos Humanos. El uso de un animal de servicio por parte de una persona con discapacidad no estará condicionado al pago de una cuota, depósito de seguridad o recargo.

Requisitos para el acceso de animales de servicio

Antes de que se permita la presencia de un animal de servicio en la escuela, en las instalaciones de la escuela o en actos patrocinados por la escuela, los padres del alumno o el empleado deben facilitar una descripción de la tarea o tareas que se espera que realice el animal de servicio para ayudar a la persona discapacitada.

El distrito proporcionará acceso a una persona con una discapacidad que necesite un animal de servicio siempre que las tareas realizadas por el animal de servicio estén directamente relacionadas con la discapacidad; y el animal haya sido entrenado individualmente para realizar una tarea, esté domesticado; esté libre de enfermedades y parásitos, tenga un arnés, correa o atadura para que no pueda correr libremente y esté bajo el control de la persona con una discapacidad.

Un animal de servicio también debe tener licencia y estar al día con las vacunas. A petición del representante del distrito, deberá facilitarse una prueba de la licencia y el estado de vacunación actuales. Un animal de servicio se considera como tal cuando ha completado un programa certificado de entrenamiento de animales de asistencia, con un certificado válido emitido a la conclusión de la formación. A petición del representante del distrito, se deberá acreditar que el animal ha recibido la formación adecuada.

Si cualquier estudiante o miembro del personal asignado al aula en la que se permite un animal de servicio sufre una reacción alérgica al animal, la persona que tiene la custodia y el control del animal deberá retirar el animal a un lugar diferente designado por el director del edificio o su designado y se desarrollará un plan alternativo con el personal apropiado del Distrito. Tal plan podría incluir la reasignación de la persona que tiene la custodia y el control del animal a una asignación de aula diferente. Esto también se aplicará si un individuo en el transporte escolar sufre una reacción alérgica. En este caso, se desarrollará un plan alternativo en coordinación con el personal apropiado de la escuela, el Distrito y el transporte, incluyendo la participación de los padres/tutores de los estudiantes.

Padres o cuidadores de animales

Los padres o cuidadores de animales que vayan a estar presentes en la escuela con el fin de ayudar a un alumno con su animal de servicio deberán someterse a un registro de delincuentes sexuales y a una comprobación de antecedentes penales. Además, los padres y cuidadores deben cumplir con todas las normas de conducta que se aplican a los empleados y voluntarios de la escuela.

Retirada o exclusión de un animal de servicio de la escuela o de sus instalaciones

El director del edificio o el administrador del distrito pueden solicitar a un individuo con una discapacidad que retire un animal de servicio de la escuela, de una actividad patrocinada por la escuela o de la propiedad de la escuela si el animal está fuera de control y el manejador del animal no toma medidas eficaces para controlar al animal. Ejemplos de que el animal está fuera de control incluyen, pero no se limitan a lo siguiente:

  1. La presencia del animal supone una amenaza directa para la salud y/o la seguridad de los demás;
  2. El animal perturba o interfiere significativamente en el programa de instrucción, las actividades escolares o el aprendizaje de los alumnos. Sin embargo, la molestia por parte de los demás no constituye un riesgo irrazonable para la propiedad o para los demás que justifique la retirada del animal de servicio;
  3. La presencia del animal supondría una alteración fundamental de cualquier programa escolar;
  4. La persona que tiene el control del animal no lo cuida adecuadamente, lo que incluye alimentarlo, ejercitarlo, sacarlo al exterior para que realice sus funciones excretoras y limpiar sus excrementos;
  5. El animal no realiza sistemáticamente la(s) función(es)/servicio(s) para ayudar o acomodar a la persona con discapacidad; 
  6. El animal está enfermo; o
  7. El animal no está domesticado.

Si el distrito excluye a un animal de servicio, ofrecerá a la persona con discapacidad la oportunidad de participar en el servicio, programa o actividad sin que el animal de servicio se encuentre en las instalaciones.

Animales de servicio en actos patrocinados por la escuela

Las personas con discapacidades pueden ir acompañadas de sus animales de servicio a eventos o actividades abiertas al público que se celebren en escuelas o en instalaciones escolares. El administrador del edificio puede revocar o excluir a los animales de servicio por las razones expuestas en la sección "D" anterior. 

Responsabilidad

  1. Ni el distrito ni sus empleados son responsables del coste, cuidado o supervisión del animal de servicio.
  2. Un animal de servicio debe estar bajo el control de su adiestrador. Un animal de servicio también debe tener un arnés, una correa u otro tipo de sujeción, a menos que el adiestrador no pueda utilizar un arnés, una correa u otro tipo de sujeción debido a una discapacidad, o que el uso del arnés, la correa u otro tipo de sujeción interfiera en la realización segura y eficaz del trabajo o las tareas del animal de servicio, en cuyo caso el animal de servicio debe estar bajo el control del adiestrador (por ejemplo, control por voz, señales u otros medios eficaces); y
  3. El propietario/manejador del animal de servicio es responsable de todos y cada uno de los daños causados por el animal de servicio en la escuela, en las instalaciones de la escuela o en las actividades escolares.

Recursos

Un padre o empleado cuyo animal de servicio ha sido excluido o retirado puede apelar la decisión ante el superintendente. Si no está satisfecho con la decisión del superintendente, el padre o empleado puede apelar a la junta.

Recursos

  1. Contacto en el distrito
    • Director de Educación Especial
  2. Oficina de Educación del Estado de Utah
    • 250 E 500 S
    • Salt Lake City, UT 84111
    • 801-538-7500

Perros guía en entrenamiento

Ningún miembro del personal ni ningún alumno debe llevar un perro guía en entrenamiento al recinto escolar sin el permiso previo por escrito del Director Ejecutivo de Recursos Humanos. No obstante, como norma general, se desaconseja la presencia de perros guía en entrenamiento en el recinto escolar.

Aprobado

9 de septiembre de 2014

Política

Normativa nº 4030 Animales de servicio en las escuelas

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