Saltar al contenido Ir al menú de traducción
Search Icon

Última modificación: 5 de diciembre de 2023

Política 3405 P1 Servicios de enfermería

El Distrito Escolar de la Ciudad de Provo contrata los servicios de enfermería con el Departamento de Salud del Condado de Utah.

  1. Servicios a las escuelas
    • La enfermera escolar, bajo la dirección de Servicios Estudiantiles deberá:
      • Desarrollar planes de atención y proporcionar recursos/apoyo a los profesores responsables de los niños con problemas de salud agudos y crónicos.
      • Responder a las emergencias locales relacionadas con la salud escolar cuando estén disponibles
      • Proporcionar formación a los educadores, el personal, los alumnos y los padres en las siguientes áreas relacionadas con la salud:
        1. Higiene dental
        2. Higiene personal
        3. Nutrición 
        4. Maduración 
        5. Orientación en el jardín de infancia 
        6. Formación en RCP y primeros auxilios 
        7. Directrices de la OSHA relativas a la manipulación segura de fluidos corporales 
        8. Prevención y gestión de enfermedades transmisibles para padres en relación con las vacunas y la gestión de las necesidades sanitarias de sus alumnos.
      • Supervisar los pedidos de material de primeros auxilios. Un miembro designado del personal de la escuela local puede pedir y mantener los suministros de primeros auxilios necesarios.
      • Coordinar el control de las enfermedades transmisibles trabajando con el departamento de salud local en:
        1. Realización de investigaciones epidemiológicas para la identificación de contactos y casos fuente, incluidos los alumnos con piojos.
        2. Dar instrucciones para el tratamiento
        3. Remitir a los profesionales sanitarios adecuados
        4. Recomendación de exclusión de un alumno
        5. Participar en las actividades de seguimiento adecuadas y necesarias
    • Las enfermeras escolares trabajarán con el personal escolar designado para el mantenimiento de los niveles de inmunización del alumnado. Una enfermera estará disponible como asesora para las escuelas.
    • Bajo la dirección de la administración de la escuela, las enfermeras escolares son responsables de proporcionar exámenes para la curvatura anormal de la columna vertebral cada año para los estudiantes en el séptimo y octavo grado, incluyendo a todos los niños con discapacidad en el mismo grupo de edad. Las enfermeras escolares también se encargan de examinar la vista a todos los alumnos de preescolar, jardín de infancia y 1º, 3º, 5º y 7º curso.
  2.  Servicios a alumnos de educación especial
    • La(s) enfermera(s) prestará(n) los siguientes servicios de enfermería:
      • Proporcionar cuidados primarios de enfermería
      • Evaluar las respuestas inadaptadas a los problemas de salud
      • Realizar una evaluación física de los alumnos de alto riesgo o remitidos. 
      • Planificar y actualizar los planes de asistencia sanitaria
      • Proporcionar asesoramiento e instrucción en materia de salud a los estudiantes y al personal 
      • Participar en el desarrollo del componente de salud del IEP de los estudiantes.
      • Remitir a los profesionales sanitarios adecuados 
      • Formar al personal en la administración de la medicación diaria 
      • Realizar exámenes visuales a los alumnos cada tres años, según sea necesario, como parte del PEI de los alumnos.

Fecha de aprobación

12 de marzo de 2013

Política

Norma nº 3405 Servicios de enfermería

es_MXEspañol de México