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Última modificación: 26 de septiembre de 2023

Normativa nº 1543 Personal administrativo: Deberes de los directores

Deberes de los directores

Los directores de las escuelas deberán:

  1. Proporcionar liderazgo educativo primario en la escuela a la que están asignados. Como principal funcionario administrativo de la escuela y supervisor de su programa de instrucción, el Director proporcionará el liderazgo en la creación de un entorno propicio para la enseñanza creativa hábil y el aprendizaje óptimo. En reconocimiento del valor del enfoque de equipo, la supervisión debe ser identificada a través del estímulo y apoyo del programa de instrucción permitiendo la oportunidad para el crecimiento y desarrollo del maestro.
  2. Ser la autoridad administrativa en la escuela dentro de los límites de la ley, los reglamentos del Consejo y las instrucciones del Superintendente.
  3. Informar al personal de los reglamentos escolares a medida que son promulgados por el Consejo de Educación.
  4. Mantener al Superintendente, a los administradores auxiliares apropiados y a otros funcionarios administrativos plenamente informados de las condiciones y necesidades de la escuela.
  5. Realizar inspecciones regulares y minuciosas de la contabilidad de las propiedades de la escuela, y ser responsable ante el Superintendente de estas propiedades.
  6. Ayudar al personal encargado del plan de estudios a valorar, desarrollar y evaluar el plan de estudios escolar y a planificar, adaptar y programar los cursos de estudio para los alumnos.
  7. Tomar todas las precauciones razonables para salvaguardar al personal y a los alumnos de la escuela durante el horario escolar. Prever la seguridad y el cuidado de los niños en caso de incendio, tormenta u otro peligro repentino para la planta escolar y velar por que los alumnos y profesores estén adecuadamente capacitados para llevar a cabo dichos planes durante estos sucesos.
  8. En el mejor interés de los estudiantes y el personal, organizar los recursos de la escuela para proporcionar supervisión de las actividades del patio de recreo 30 minutos antes de la escuela, durante la escuela, y después de que el último autobús salga después de la escuela, y supervisar el programa de la sala de almuerzo y la hora del mediodía.
  9. Supervisar los procedimientos disciplinarios utilizados e informar al Superintendente o a la autoridad delegada de cualquier tipo irregular de castigo prohibido por la política del Consejo.
  10. Hacer recomendaciones para el despido de profesores dentro de la escuela.
  11. Según se requiera, evaluar e informar de la eficiencia de cada miembro del personal docente de la escuela de acuerdo con un plan establecido de evaluación del profesorado.
  12. Colaborar en la elaboración del presupuesto escolar y llevar los registros comerciales y los formularios comerciales que sean necesarios.
  13. Pedir los suministros aprobados, libros de texto, equipos y todos los materiales necesarios para el funcionamiento de la escuela.
  14. Administrar un sistema de contabilidad de todo el dinero procedente de las actividades de los alumnos, cafeterías, cuotas o multas de los alumnos, entretenimientos, regalos y grupos aprobados de padres y alumnos dentro de la escuela. Esta contabilidad se ajustará a un plan central de cuentas y se llevará a cabo bajo la supervisión del Superintendente o de la autoridad delegada. Informar inmediatamente, en su totalidad y por escrito, a las oficinas administrativas de cualquier infracción de las leyes, normas y políticas de contabilidad y compras.
  15. Informar inmediatamente, en su totalidad y por escrito, a las oficinas administrativas de cualquier infracción de los derechos de propiedad del distrito dentro de la escuela o cualquier lesión a cualquier alumno o miembro del personal que pueda ocurrir en un momento o lugar en el que los derechos o responsabilidades de las escuelas puedan estar implicados.
  16. Tramitar las quejas relativas a la escuela, investigarlas y remitir al superior directo los casos que el Director no pueda resolver satisfactoriamente.
  17. Dirigir y supervisar al personal docente profesional, clasificado y por horas que trabaja en el edificio escolar y proporcionar evaluaciones anuales para cada miembro.
  18. Ser responsable de las buenas relaciones públicas con los grupos de la comunidad, incluida la organización de padres y profesores y otras organizaciones, y de utilizar los recursos comunitarios y profesionales para enriquecer el programa de aprendizaje.
  19. Informar al administrador apropiado de cualquier necesidad de ausencia prolongada de la escuela y el nombre de la persona designada para actuar en ausencia del Director.
  20. Realizar otras tareas que le asigne el Superintendente o el administrador designado de las Escuelas.
  21. De acuerdo con las políticas, normas y reglamentos adoptados por la Junta, ser responsable de la organización detallada del programa de la escuela, de la asignación de funciones a los miembros del personal y de la administración del programa de instrucción para el año escolar regular y durante el programa de verano extendido.
  22. Ser responsable del mantenimiento y reparación del edificio escolar.
    • Informar de todas las emergencias al Superintendente o al administrador de operaciones.
    • Ser responsable de la seguridad de las instalaciones físicas.
    • Realizar, en presencia del conserje, una inspección mensual del edificio. El informe de la inspección, en el que se detallarán todas las reparaciones necesarias, se presentará oportunamente al administrador de operaciones.
  23. Proporcione a todos los nuevos empleados información suficiente para que puedan realizar su trabajo.

Aprobado por la Junta Directiva de Educación:

13 de agosto de 2013

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