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Última modificación: 14 de septiembre de 2023

Política 5400: Licencias de los empleados

La Junta de Educación del Distrito Escolar de la Ciudad de Provo está comprometida a proporcionar una educación de calidad para todos los estudiantes y en un esfuerzo por asegurar que los estudiantes tengan esa oportunidad, ha ordenado al superintendente que desarrolle una política de licencias para los empleados. El propósito de esta política es delinear un enfoque para el manejo eficiente y efectivo de las licencias de acuerdo con los mandatos de licencias federales y estatales, los intereses de los empleados, la dinámica cambiante del lugar de trabajo y la supervisión administrativa.

Los siguientes permisos están disponibles para empleados elegibles: médico, vacaciones, Tiempo Libre Pagado (PTO), y Permiso Pagado por Hora (HPL). Para garantizar la gestión eficiente y eficaz del distrito, se han identificado los Días de Alto Impacto que se detallan a continuación:

  • Los cinco primeros o últimos días de clase
  • Inmediatamente antes o después de las vacaciones de otoño, Acción de Gracias, invierno y primavera.
  • Días de graduación de la UVU o BYU a menos que se trate de la graduación de un familiar directo
  • Conferencias de padres y profesores
  • Jornadas de desarrollo profesional
  • Días de alto impacto identificados por los directores/supervisores del edificio anunciados en las dos primeras semanas del año escolar

Los empleados no pueden tomarse Días de Alto Impacto sin la aprobación previa del supervisor directo del empleado y de un Director de Recursos Humanos. En caso de circunstancias imprevistas o de emergencia, el empleado deberá ponerse en contacto con su supervisor y con el Director de Recursos Humanos.

La licencia será considerada y concedida o denegada de acuerdo con las leyes de licencia aplicables, incluyendo la Ley de Licencia Familiar y Médica (FMLA), la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA), la ley estatal y los estatutos de compensación de trabajadores. El Distrito Escolar de la Ciudad de Provo cumple con las políticas del Distrito y todas las leyes de licencia estatales y federales aplicables. Los empleados a quienes se les niega la licencia de acuerdo con las leyes federales y estatales pero que sin embargo toman la licencia serán disciplinados de acuerdo con la política del Distrito hasta e incluyendo el despido.

Antes de regresar de un permiso prolongado, el empleado deberá presentar la documentación necesaria e informar al Departamento de Recursos Humanos antes de reincorporarse al trabajo. Salvo que se acuerde otra cosa con el director, gerente o persona designada, los empleados deberán presentarse a trabajar inmediatamente después de que expire el permiso concedido o a la hora indicada por el alta médica. Si se concede el permiso y un empleado de permiso no regresa del permiso el día indicado en su solicitud original o en una extensión aprobada, el empleado será disciplinado de acuerdo con la política del Distrito.

Referencias legales y sinopsis:

  • Ley de Baja Familiar y Médica de 1993 (FMLA)
    • Permisos no retribuidos de los trabajadores
  • Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA)
    • Prohibición de la discriminación por discapacidad
  • Norma administrativa de Utah R539
    • Servicios para personas con discapacidad

Aprobado por el Consejo de Educación: 18 de noviembre de 2014

  • Revisado: 13 de marzo de 2018
  • Revisado el 21 de agosto de 2023
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