Última modificación: 27 de septiembre de 2023
Política nº 3150 Asistencia de los alumnos
Bajo la ley de educación obligatoria de Utah, los padres/tutores de un estudiante que tenga por lo menos seis (6) años de edad y no más de dieciocho (18) años de edad deberán inscribir y enviar a sus estudiantes en edad escolar a la escuela, a menos que se aplique una excepción como se establece en la Política de la Junta del Distrito Escolar de la Ciudad de Provo No. 3155, Liberación de Menores de la Asistencia Escolar.
La Junta de Educación del Distrito Escolar de la Ciudad de Provo reconoce la importancia de la asistencia regular de los estudiantes como fundamental para una experiencia de aprendizaje exitosa. La investigación apoya el hecho de que la asistencia es crucial para mejorar el rendimiento estudiantil (Ginsburg, et al, 2014). La asistencia a tiempo es un punto de partida crítico para altos niveles de logro estudiantil. Las oportunidades perdidas por las ausencias y retrasos de los alumnos dejan lagunas de aprendizaje difíciles de llenar.
Los padres/tutores, los alumnos y el personal de la escuela deben tomar decisiones que conduzcan a una excelente asistencia a clase:
- Se espera que los estudiantes lleguen a tiempo y asistan a cada período para cada clase en la que están inscritos a menos que estén excusados según lo dispuesto en esta política;
- Se espera que los padres/tutores se aseguren de que su hijo en edad escolar asista a la escuela como lo exige la ley de Utah, y que notifiquen a la escuela cuando su estudiante esté ausente por una razón válida según lo establecido en las disposiciones y definiciones de esta política;
- Los profesores crearán un aula segura y atractiva que anime a los alumnos a acudir a la escuela, y se pondrán en contacto con los alumnos que faltan crónicamente para averiguar de manera comprensiva por qué faltan a clase y qué les ayudaría a asistir con más regularidad; y
- El personal administrativo de la escuela atenderá razonablemente a los padres y documentará los esfuerzos realizados para resolver los problemas de absentismo escolar y absentismo crónico del alumno.
La Junta ordena al superintendente que desarrolle procedimientos para gestionar la asistencia de los estudiantes y los requisitos descritos en la ley estatal de asistencia obligatoria para ayudar a los estudiantes a recibir los beneficios del programa educativo del distrito.
Los procedimientos incluirán:
- Definiciones: definiciones clave, expectativas y seguimiento de la aplicación de la política;
- Procedimientos y requisitos generales - funciones de alumnos, padres y empleados;
- Respuestas escalonadas al absentismo escolar y al absentismo crónico - esquema de comunicación, intervenciones y apoyo progresivo proporcionado a los alumnos y a los padres;
- School Based Attendance Procedures (Procedimientos de asistencia basados en el centro escolar): disposiciones para las directrices de asistencia basadas en el centro escolar;
- Afiliación y matriculación de estudiantes: orientación para contabilizar la asistencia y el compromiso de los estudiantes en el cálculo de la afiliación de estudiantes; y
- Proceso de apelación - procedimientos de debido proceso para apelar la intervención del distrito y las acciones disciplinarias.
Referencias y sinopsis jurídicas y de investigación
Código de Utah 53G-6-201 y siguientes.
Educación obligatoria
Código de Utah 53G-6-801 y siguientes.
Derechos de los padres
Código de Utah 53G-8-211
Respuestas al comportamiento escolar
Código de Utah 53G-9-202
Notificación a los padres de un niño herido o enfermo
Código de Utah 53G-9-801 y siguientes.
Prevención del abandono escolar. Programas de recuperación y remediación
Norma administrativa de Utah R277-419
Contabilidad de alumnos
Norma administrativa de Utah R277-607
Prevención del absentismo y el absentismo escolar
Ginsburg, Alan, Phyllis Jordan y Hedy Chang, "Absences Add Up: How School Attendance Influences Student Success", Attendance Works, agosto de 2014.
Aprobado por el Consejo de Educación
13 de agosto de 2013
Puesta al día: 13 de junio de 2023