Última modificación: 26 de septiembre de 2023
Normativa nº 1700 Remuneración y prestaciones de los miembros del Consejo de Administración
Según lo permitido por la ley del Estado de Utah, los miembros de los consejos escolares locales de educación están autorizados a recibir una pequeña cantidad de compensación por sus servicios. Los miembros del consejo también tienen derecho a recibir prestaciones a través del distrito.
Compensación-Honorarium
La remuneración de los miembros de la Junta Directiva es de $480 al mes. Los líderes del Consejo recibirán una cantidad adicional de $120 al mes. Esta cantidad nominal es para compensar los gastos personales y el tiempo requerido.
Tecnología y conectividad
Se proporcionará a cada miembro de la Junta Directiva la tecnología necesaria para el desempeño de sus funciones. Normalmente, se tratará de un ordenador portátil, un ordenador de sobremesa o una tableta. Los miembros del consejo que no dispongan de conectividad también podrán solicitar una asignación mensual.
Prestaciones médicas
El distrito cubrirá los costes asociados con cada plan que elijan los miembros de la junta. Esto no cubre ninguna contribución HSA o FSA. Los miembros de la junta directiva pueden seleccionar prestaciones individuales, bipartitas (cónyuge) o familiares según las circunstancias individuales.
Las compensaciones y prestaciones de esta sección se añadirán al reembolso de los gastos admisibles.
Los miembros de la Junta pueden optar por no recibir alguno o todos los elementos señalados en esta política notificándolo por escrito al superintendente.
Aprobado por la Junta Directiva de Educación:
12 de noviembre de 2013
Revisado: 8 de agosto de 2023