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Última modificación: 26 de septiembre de 2023

Política nº 1526 Evaluación del Administrador de Empresas

Evaluación escrita

La Junta, o la persona que ésta designe, podrá realizar anualmente una evaluación por escrito del administrador de empresas. A su entera discreción, el Consejo, o la persona que éste designe, podrá optar por realizar evaluaciones escritas del administrador de empresas con mayor frecuencia. Dichas evaluaciones de la Junta podrán prepararse en reuniones de la Junta que hayan sido cerradas al público de conformidad con la Política.

La Junta proporcionará al Administrador de Empresas una copia de la evaluación prevista y debatirá sus conclusiones con el Administrador de Empresas en una reunión a puerta cerrada si la reunión ha sido debidamente clausurada con arreglo a la Política. En una reunión a puerta cerrada conforme a la política, el Administrador de Empresas podrá presentar información que apoye o impugne la evaluación de la Junta. Dicha información formará parte de la evaluación.

Aprobado por la Junta Directiva de Educación:

13 de agosto de 2013

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