Última modificación: 4 de diciembre de 2023
Política nº 3241 Suspensión
El Distrito Escolar de la Ciudad de Provo considera que el bienestar y la seguridad de los estudiantes y del personal de la escuela es una prioridad máxima. Con el fin de mantener un ambiente escolar ordenado y seguro para todos los estudiantes y miembros del personal, se seguirán las directrices de conformidad con el Código del Estado de Utah con respecto a la suspensión de los estudiantes, particularmente en situaciones en las que existe una amenaza inmediata y significativa para el bienestar, la seguridad, la moral de otros estudiantes y / o personal de la escuela o para el funcionamiento de la escuela. Las escuelas seguirán los procedimientos establecidos para gestionar el comportamiento perturbador en los casos que requieran la suspensión o expulsión de un alumno.
El Consejo encarga al Superintendente que elabore procedimientos para gestionar los procesos de suspensión y expulsión y establecer las condiciones para el regreso del alumno a la escuela.
Referencias legales
Código de Utah 53G-8-205
Motivos de suspensión o expulsión de una escuela pública
Código de Utah 32B-1-102
Ley de control de las bebidas alcohólicas - Disposiciones generalesDefiniciones
Código de Utah 58-37-2
Ley de sustancias controladas de Utah - Definiciones
Código de Utah 58-37b-2
Imitación de sustancias controladas - Definiciones
Código de Utah 58-37a-3
Definición de parafernalia de drogas
Código de Utah 53G-8-208
Alternativas a la suspensión o expulsión
Código de Utah 53G-6-204
Menores exentos de asistencia a la escuela
Aprobado por el Consejo de Educación
14 de julio de 1992
Revisado: 12 de marzo de 2013