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Última modificación: 1 de diciembre de 2023

7060 P2 Visitas a las aulas

El Consejo de Educación valora la colaboración de nuestras partes interesadas y agradece su interés en nuestro proceso académico. Para facilitar esa colaboración, se hará todo lo posible por atender las solicitudes de las partes interesadas para visitar nuestras instalaciones. Para garantizar un acceso adecuado y minimizar la interrupción del entorno de aprendizaje, el Consejo de Educación ha desarrollado el siguiente procedimiento relativo a las visitas a las escuelas y a las aulas.

Información general

Las visitas a la escuela y a las aulas deben ser discretas con respecto al proceso educativo y al entorno de aprendizaje y no deben producirse de forma excesiva. Todas las solicitudes de visitas se coordinarán a través del director del centro, su designado o el profesor con al menos un día de antelación. Una solicitud realizada a través del profesor o de la persona designada deberá ser comunicada por el profesor o la persona designada al director del edificio lo antes posible.

En general, las visitas no deben durar más de 40 minutos o un periodo de clase. Cualquier excepción a esta pauta de tiempo debe ser aprobada por el director o la persona designada.

La administración del centro escolar puede facilitar información adicional sobre las visitas a los centros y a las aulas, incluido el número de personas que pueden participar en una visita, el proceso para ver el material didáctico y la protección de la intimidad de los alumnos.

Visitas de padres/tutores de alumnos actuales

Los padres/tutores de los alumnos actuales visitan las escuelas por diversos motivos, entre ellos:

  1. Participación en actividades escolares
  2. Voluntariado en la escuela de sus hijos
  3. Observar a su hijo en una o varias de sus aulas
  4. Observar una colocación o un programa educativo que se haya propuesto o pueda proponerse para su hijo.

Las visitas a la escuela o al aula deben organizarse con un día de antelación como mínimo. Si surge una circunstancia especial que impida a los padres/tutores avisar con un día de antelación, deberán ponerse en contacto con el director, su designado o el profesor lo antes posible para hacer los preparativos. Una solicitud realizada a través del profesor o la persona designada deberá ser comunicada por el profesor o la persona designada al director del edificio lo antes posible.

Visitas de personas distintas de los padres/tutores de los alumnos actuales

Además de los padres/tutores, hay otras personas que visitan nuestras escuelas con regularidad. Estas personas incluyen, pero no se limitan a:

  1. Padres/tutores de futuros estudiantes
  2. Voluntarios comunitarios
  3. Profesionales cualificados
  4. Miembros de los medios de comunicación 
  5. Estudiantes visitantes -
  6. Invitados que participan en una actividad escolar/de clase específica

A excepción de los miembros de los medios de comunicación, las visitas de estas personas deberán concertarse con el director o la persona designada con la mayor antelación posible, pero a más tardar con un día de antelación.

Los padres/tutores de los futuros alumnos estarán acompañados en todo momento por el director o la persona designada durante su visita.

Los miembros de los medios de comunicación concertarán las visitas a través del coordinador de comunicaciones del distrito o la persona designada con la mayor antelación posible. Estas personas estarán acompañadas en todo momento por el coordinador de comunicaciones o la persona designada durante su visita (véase la Norma 7070).

Para garantizar un acceso adecuado y minimizar la interrupción del entorno de aprendizaje, el superintendente ha desarrollado los siguientes procedimientos relativos a las visitas a las escuelas y a las aulas.

Protocolos de visita a escuelas y aulas

  1. Las visitas a los centros escolares o a las aulas deben ser discretas con respecto al proceso educativo y al entorno de aprendizaje, y no deben producirse de forma excesiva. 
  2. Todas las visitas deben coordinarse a través del director del edificio, su designado o el profesor. Las personas interesadas en visitar una escuela o un aula facilitarán al director, a su representante o al profesor información detallada sobre su visita (fecha, hora, propósito, etc.) cuando presenten su solicitud de acceso al edificio. Una solicitud realizada a través del profesor o la persona designada deberá ser comunicada por el profesor o la persona designada al director del edificio lo antes posible.
  3. El personal de recepción debe ser informado de estas visitas tan pronto como se programen, para que conozcan las fechas y horas en que deben esperar a estas personas.
  4. Todos los visitantes deben entrar por la entrada principal de la escuela y registrarse en la oficina principal para obtener un distintivo de visitante. Esta tarjeta de visitante debe llevarse en todo momento en el edificio. Cualquier persona que no lleve la tarjeta de visitante será dirigida a la oficina de la escuela. Cualquier persona que no se registre en la oficina principal está en la propiedad de la escuela sin autorización y se le pedirá que se identifique y obtenga permiso para permanecer en las instalaciones o abandonar los terrenos de la escuela inmediatamente. Si el visitante se niega a obtener permiso para permanecer en las instalaciones y no abandona el recinto escolar, el director o la persona designada se pondrán en contacto con la policía.
  5. Toda persona que se presente en un centro escolar para realizar una visita sin haberlo acordado previamente deberá hablar con el director o la persona designada sobre el propósito de su visita y obtener permiso para permanecer en el recinto escolar o determinar un momento más apropiado para volver y realizar la visita.
  6. En general, las visitas no deben durar más de 40 minutos o un período de clase. Cualquier excepción a esta pauta de tiempo debe acordarse con el director o la persona designada.
  7. Cuando se programen visitas a escuelas o aulas, deberá tenerse en cuenta el número de participantes para evitar perturbaciones en el entorno de aprendizaje.
  8. No se permitirán visitas a las aulas durante las pruebas.
  9. Se espera que los visitantes respeten el entorno educativo y el proceso de aprendizaje. Si surgen preguntas durante una visita mientras la instrucción está en curso, los visitantes deben ponerse en contacto con el director o la persona designada después de la visita para que puedan ser contestadas durante el tiempo no lectivo.
  10. Los visitantes pueden ver el material didáctico que utilizan los alumnos y/o los profesores si hay ejemplares disponibles durante su visita. De lo contrario, se pueden hacer arreglos para ver los materiales de instrucción en otro momento.
  11. Cualquier visitante interesado en utilizar equipos de audio o vídeo para grabar actividades escolares o de clase debe obtener la aprobación del director o de la persona designada. Si se concede la aprobación, los visitantes deben utilizar este equipo de acuerdo con la ley, y trabajar con el director, su designado o maestro para proteger la privacidad de otros estudiantes (ver Política 3210).
  12. Los visitantes deben comprometerse a no revelar ninguna información sobre los grupos de trabajo de los alumnos, su comportamiento o sus contribuciones en clase que pudiera dar lugar a la identificación de alumnos individuales (véase la Norma 3210). 
  13. Si una situación requiere que un estudiante sea llamado a la oficina principal de la escuela para reunirse con un visitante que no sea un padre/tutor, el director o la persona designada debe estar presente durante la visita, excepto cuando se requiera ser excluido por una investigación autorizada conducida por la aplicación de la ley o los servicios de protección infantil. No se permitirá que un alumno salga de la escuela con nadie que no esté identificado como su padre/tutor o una persona debidamente autorizada. Nadie puede visitar a un alumno en la escuela a menos que sea con la aprobación específica del director o de la persona designada.

Aprobado por la Junta Directiva de Educación:

Revisado:

Referencias

Política del Consejo 3210 Cumplimiento de la FERPA

Política del Consejo 7070 Acceso de los medios de comunicación a los estudiantes Consejo

Política 7129 Participación de los padres y comunicación entre el hogar y la escuela

Política del Consejo 7205 Entorno de aprendizaje seguro y ordenado 

Política y procedimiento

Norma nº 7060 Visitantes en la propiedad del distrito y de la escuela

7060 P1 Visitantes en la propiedad del distrito y de la escuela

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