Última modificación: 8 de abril de 2025
Norma 6410 Viajes de los empleados
La intención de esta política es regir los viajes de los empleados, para asegurar que dichos viajes se produzcan en apoyo de las prioridades, objetivos y operaciones financieras del distrito. Además, esta política y los procedimientos están en su lugar para asegurar un control cuidadoso y justificaciones para el uso de fondos proporcionados por los contribuyentes para fines educativos.
El distrito podrá financiar los viajes de los empleados cuando se cumplan las siguientes condiciones:
- El viaje debe beneficiar a los estudiantes a los que se presta servicio o ser fundamental para el funcionamiento eficaz y continuado de una función del distrito (ALIO, por ejemplo),
- Se mejoran los conocimientos y la práctica profesional del empleado en relación con su misión, y
- Se obtiene un beneficio para el distrito cuando el empleado regresa y comparte los conceptos relevantes adquiridos en el evento al que ha viajado.
Como norma general, se desaconsejan los viajes a través del país debido a los posibles costes excesivos y a las exigencias de tiempo. Los viajes de los empleados deben centrarse en el oeste de Estados Unidos siempre que sea posible. Sólo podrá considerarse la posibilidad de viajar a otros lugares de Estados Unidos cuando la conferencia sea única por su naturaleza (es decir, no pueda asistirse a conferencias similares en un lugar más cercano) y/o si los costes de viaje son similares o inferiores a los costes típicos de viaje en el oeste de Estados Unidos.
No se aprobará ningún viaje de los empleados fuera del territorio continental de EE.UU. (los 48 estados más bajos).
Entre las consideraciones adicionales para los viajes de los empleados se incluyen los siguientes criterios:
- Coste (transporte, hotel, comidas, inscripciones a conferencias). La cobertura parcial de los gastos de viaje por parte de una entidad externa puede ayudar a que se apruebe el viaje.
- El número de asistentes del distrito o de una escuela/departamento determinado.
- El número de días de trabajo perdidos y la cobertura de los costes de sustitución. La época del año también puede ser motivo de preocupación en función de la disponibilidad general de sustitutos. (Véase también la sección 5400 P5 "Días de alto impacto" para obtener contexto adicional sobre este criterio).
- La naturaleza esencial del viaje.
- Si dicho viaje es un acontecimiento anual, y si dicha asistencia frecuente es necesaria a la luz de las prioridades y operaciones generales del distrito.
Los viajes de empleados que afecten a fines de semana/vacaciones/veranos, y para los que el empleado haya elegido/solicitado asistir, no se compensarán mediante paga o tiempo compensatorio. Si la escuela/distrito requiere dicha incursión en los días no laborables del empleado, se podrá considerar una compensación.
Se regularán los viajes de los empleados para garantizar que no se aprueben solicitudes de viaje que den lugar a ausencias frecuentes de la clase o del lugar de trabajo. La prioridad es enseñar a los alumnos. Para los empleados del departamento, estar en el lugar de trabajo para cumplir con su deber también es esencial y tiene prioridad sobre los viajes de los empleados. Además, aunque generalmente es un honor para los empleados del distrito presentar en conferencias estatales y/o nacionales, tales presentaciones no son parte de los deberes de trabajo de un empleado del Distrito Escolar de la Ciudad de Provo, como tal, las presentaciones y/o asistencia a conferencias pueden ser aprobadas con poca frecuencia.
El Consejo de Educación del Distrito Escolar de la Ciudad de Provo instruye al superintendente a desarrollar procedimientos para administrar la implementación de esta política. Se espera que los procedimientos describan los procesos de aprobación, las asignaciones de gastos, los procesos de reembolso, las pautas de viajes dentro del estado, etc. Además, cada mes de junio, se proporcionará a la junta un informe sobre todos los viajes de los empleados dentro del distrito, para que se pueda desarrollar y proporcionar la comprensión y (si es necesario) la orientación adicional.
Aprobado por la Junta Directiva
12 de marzo de 2013 Revisado: 11 de noviembre de 2015 Revisado: 14 de agosto de 2018 Revisado: 10 de diciembre de 2019