saltar navegación

Última modificación: 27 de septiembre de 2023

3160 P1 Estudiantes no residentes en Utah

El propósito de esta política es articular los requisitos de inscripción para estudiantes no residentes cuyos padres/tutores residen fuera del estado de Utah.

Se seguirán los siguientes procedimientos para la admisión de estudiantes:

  1. Los menores de edad son considerados residentes del distrito y se les permite inscribirse en el Distrito Escolar de la Ciudad de Provo si están bajo la supervisión de una agencia privada o pública, casados, o considerados menores emancipados por un tribunal de justicia.
  2. A los alumnos no residentes cuyos padres/tutores residan fuera del estado de Utah se les cobra una matrícula al menos igual al coste per cápita del programa escolar, de acuerdo con el Código del Estado de Utah.
  3. Al pagar la colegiatura, un Poder Duradero permitirá que el adulto responsable local actúe en nombre de los padres o tutores legales para inscribir al estudiante en el Distrito Escolar de la Ciudad de Provo. Poderes Durables no confieren tutela legal y pueden ser revocados en cualquier momento por las partes nombradas en el acuerdo.
  4. Los estudiantes cuyos padres/tutores residen fuera del estado de Utah y tienen un adulto responsable local que ha recibido y puede proporcionar una carta de tutela de los tribunales de Utah pueden ser considerados residentes y pueden ser inscritos en el Distrito Escolar de la Ciudad de Provo.
  5. El distrito puede proporcionar los documentos judiciales requeridos cuando un peticionario solicita la tutela legal ante el tribunal correspondiente.
  6. Antes de que el Superintendente Auxiliar de Servicios Estudiantiles o la persona designada firme las renuncias judiciales correspondientes a las tutelas, todos los estudiantes no residentes deben cumplir con el requisito de una verificación de antecedentes si el estudiante es mayor de once años. Los solicitantes también deben presentar:
    • Una carta escrita y notariada en la que se indique el motivo por el que el alumno no vive con sus padres;
    • Un poder notarial duradero para actuar en nombre de los padres/tutores; y
    • Un reporte de ciudadanía de la escuela anterior. El Distrito Escolar de la Ciudad de Provo no tiene ninguna obligación de inscribir a un estudiante no residente, aunque la persona que busca inscribir al estudiante esté dispuesta a pagar la matrícula.

Referencias legales y sinopsis

Código de Utah 53G-6-306 

Permitir la asistencia de no residentes en el Estado- Matrícula

Adoptado

8 de octubre de 2013

Política y formulario

  •  
es_MXEspañol de México