Última modificación: 21 de octubre de 2024
Política nº 1005: Poderes y Obligaciones de la Junta Directiva
Promover la educación
La Junta Directiva Escolar tiene el poder legal y el deber de hacer todo lo necesario para el mantenimiento, la prosperidad y el éxito de las escuelas y para la promoción de la educación y para ejercer todos los poderes otorgados por la ley. Los poderes y deberes legales de la Junta Directiva incluyen pero no se limitan a las acciones establecidas en esta política.
Gobernar
La Junta Directiva Escolar reconoce que, en virtud de la ley de Utah, "es competencia de la Junta Directiva Escolar determinar qué cosas son perjudiciales para el éxito de la gestión, el buen orden y la disciplina de las escuelas y las normas necesarias para producir" el éxito de la gestión, el buen orden y la disciplina en las escuelas.
Adoptar políticas
Adoptar las políticas, normas, reglamentos y estatutos que la Junta considere adecuados para su funcionamiento y para el control y gestión de las escuelas del distrito.
Impuestos
Establecer anualmente los tipos impositivos y presentar la propuesta de tipos al órgano legislativo del condado en el que esté situado el distrito de acuerdo con los procedimientos reglamentarios.
Presupuesto anual
Preparar, aprobar y presentar un presupuesto para el siguiente ejercicio fiscal ante el órgano legislativo del condado en el que esté situado el distrito, tal y como exigen los estatutos.
Donativos
Recibir legados y donaciones u otras sumas de dinero o fondos que se realicen con fines educativos.
Adquisición y posesión de bienes
Adquirir y poseer bienes muebles e inmuebles a nombre del distrito, incluidos todos los derechos y títulos, y arrendar y arrendar con opción de compra bienes inmuebles. El Consejo de Educación tiene la dirección y el control de todas las propiedades escolares del distrito.
Dominio eminente
Ejercer el derecho de dominio eminente para adquirir propiedades.
Emplear personal
Emplear por contrato a un Superintendente y a un Administrador de Empresas. Delegar en el superintendente la contratación de director(es), maestro(s) u otro(s) funcionario(s) ejecutivo(s) y el establecimiento de los calendarios salariales correspondientes.
Cerrar escuelas y cambiar sus límites
Cerrar escuelas o suspender el funcionamiento de las escuelas o cambiar los límites de la zona de asistencia escolar según lo determine apropiado el Consejo de Educación después de la notificación y audiencia públicas apropiadas según lo requerido por la ley (Ver política 1450).
Demandar y ser demandado
Demandar y ser demandado en nombre del distrito. El distrito defenderá, mantendrá indemne e indemnizará a la Junta de todas y cada una de las demandas, reclamaciones, juicios, acciones y procedimientos legales presentados contra la Junta en su capacidad oficial como agente y empleado del Distrito, siempre que la Junta estuviera actuando dentro del ámbito del empleo y excluyendo litigios penales y dicha cobertura de responsabilidad esté dentro de la autoridad del Distrito para proporcionar bajo la ley estatal.
Cumplir y ejercer otros deberes y poderes reglamentarios
La Junta también tiene el deber de cumplir con los demás deberes establecidos en las leyes y reglamentos de Utah y los Estados Unidos. También puede ejercer los poderes y autoridades establecidos por dichas leyes y reglamentos.
Referencias legales y sinopsis
Código de Utah 53G-4-402
- Poderes y deberes en general.
Código de Utah 53F-8-201
- Certificación anual del tipo impositivo propuesto por la junta escolar local
- Inclusión del presupuesto del distrito escolar
- Fecha de presentación modificada
- Código de Utah 53F-8-202
- Exacción del impuesto - Recaudación e ingreso
Código de Utah 53G-4-401
- Los consejos de educación son órganos corporativos
- Sello
- Autoridad para demandar
- Transmisión de propiedad
- Deber para con los residentes del distrito del miembro del consejo escolar local
- Creación de una fundación para la educación pública
Código de Utah 53G-11-202
- Empleo de personal escolar
- Duración del contacto
- Rescisión por causa justificada
- Contrato individual de trabajo
- Reconocimiento del empleado de la protección de responsabilidad
Código de Utah 53G-4-301
- Superintendente local de escuelas
- Nombramiento
- Cualificaciones
- Plazo
- Compensación
Código de Utah 53G-4-302
- Administrador de empresas
- Plazo
- Juramento
Aprobado por la Junta Directiva
- 13 de agosto de 2013
Revisado
- 8 de octubre de 2024