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Última modificación: 9 de abril de 2025

Política 6805 P1 Política de seguridad de edificios: Acceso a edificios/campus

El acceso definido al edificio y las expectativas de acceso son un componente clave para mantener y asegurar un ambiente seguro para nuestros estudiantes, personal y clientes. Este procedimiento detalla la información de acceso que debe ser seguida por todos los empleados del Distrito Escolar de la Ciudad de Provo.

El acceso se controlará mediante las siguientes normas:

  1. Administración a nivel de distrito: (Miembros del Consejo del Superintendente, Directores y otros con aprobación especial)
    • Este acceso es ilimitado y se le asignarán credenciales que le darán acceso 24/7 a todas las instalaciones del distrito.
  2. Acceso limitado a nivel de distrito: (trabajadores sociales, psicólogos y otros empleados autorizados)
    • Este acceso está limitado a las horas comprendidas entre las 6:00 y las 22:00, tanto en días laborables como en fines de semana, a las instalaciones del distrito donde estén asignados.
  3. Administración a nivel de edificio: (Directores, Subdirectores, Facilitadores, Custodios y otros aprobados por el director o administrador del establecimiento).
    • Este acceso es ilimitado y se asignarán credenciales que den a estas personas acceso ininterrumpido a su asignación de nivel de edificio.
  4. Acceso limitado a nivel del edificio: (profesores, consejeros y otras personas autorizadas por la administración del edificio)
    • Este acceso está limitado a las horas comprendidas entre las 6:00 y las 22:00, tanto en días laborables como en fines de semana, a su nivel de asignación del edificio.

Todas las puertas exteriores de los edificios deben estar cerradas con llave en todo momento, salvo en las horas designadas para la apertura y cierre de la escuela. Las puertas exteriores no deben abrirse a empujones ni tener la barra de empuje en la posición de desbloqueo. Todo empleado que infrinja este procedimiento será objeto de medidas disciplinarias.

El acceso al edificio y a las instalaciones fuera de las horas normales de funcionamiento debe coordinarse con el administrador del edificio. El uso del edificio debe tener un enfoque educativo, programa deportivo escolar, o debe ser aprobado por el administrador del edificio. El acceso al edificio estará asegurado en todo momento fuera de las horas normales de funcionamiento con la excepción de eventos aprobados. Cuando se acceda a una instalación fuera del horario normal de funcionamiento, sólo se permitirá el acceso por la entrada segura más cercana al panel de control del sistema de alarma. Al entrar, el empleado desactivará el sistema de alarma y se registrará en el libro de registro de acceso fuera del horario laboral. Esto garantizará que ningún otro empleado que entre o salga del edificio active el sistema de alarma mientras otros se encuentren en el edificio. Es responsabilidad del empleado asegurarse de que todas las luces estén apagadas y de que la alarma del edificio se vuelva a activar al salir.

Una vez recibida una copia de un contrato de alquiler aprobado y firmado, el administrador del edificio designará al personal encargado de abrir y cerrar el edificio necesario para el uso del alquiler. El administrador tomará precauciones para garantizar que la actividad para la que se concede el acceso quede aislada en las zonas designadas. Los costes horarios de los empleados se incluirán en el contrato de alquiler. No se entregarán llaves ni credenciales de acceso a ningún grupo de alquiler por ningún motivo. El empleado designado para supervisar al grupo de alquiler tendrá plena autoridad para hacer cumplir las directrices del contrato de alquiler firmado. No se permitirá a ningún grupo de alquiler utilizar el edificio después de las 10:00 p.m. para que el personal de conserjería tenga tiempo suficiente para limpiar las áreas alquiladas en preparación para el siguiente día escolar.

Es responsabilidad del administrador del edificio revisar anualmente los códigos de alarma de sus empleados. Esta revisión incluye la notificación al Departamento de Tecnología de cualquier cambio de personal, código o nombre. Los códigos de alarma deben ser un número de 6 dígitos, no fácilmente adivinable, y no puede ser un número de identificación de empleado o cumpleaños. Los códigos de alarma son un privilegio, y el acceso lo determina el administrador del edificio. Los códigos de alarma no deben compartirse con otras personas. La infracción de esta norma conllevará la pérdida del acceso al código de alarma y la posible sanción disciplinaria del empleado. Si un empleado entra en cualquier edificio durante las horas restringidas dando lugar a una condición de alarma más de 3 veces, las credenciales asignadas serán devueltas a Recursos Humanos y se podrá asignar al empleado una tarifa de llamada de servicio de hasta $150,00. Las credenciales no se volverán a entregar al empleado durante al menos 6 meses y sólo se volverán a entregar tras la aprobación por escrito del administrador del edificio y del Departamento de Recursos Humanos.

Las credenciales de acceso permiten a los empleados acceder a las puertas exteriores de su edificio/escuela asignado. Las credenciales se asignan a cada empleado y no deben compartirse. Los empleados son responsables de las acciones asociadas a su credencial asignada. El Departamento de Recursos Humanos asigna la credencial en el momento en que el empleado comienza a trabajar. El acceso se determina en función de las responsabilidades del puesto o de la aprobación administrativa. La pérdida de una credencial debe comunicarse inmediatamente a su administrador. El Departamento de Tecnología desactivará la credencial en caso de pérdida o robo. El coste de una credencial perdida o robada es de $10.00. Las credenciales que no funcionen correctamente serán sustituidas sin coste alguno para el empleado. Las credenciales se inutilizarán automáticamente al finalizar la relación laboral. Las credenciales deberán devolverse al Departamento de Recursos Humanos antes de que se emita la última nómina. Se cobrará una tasa de $10,00 por las credenciales que no se devuelvan.

El Departamento de Recursos Humanos y los administradores de los edificios controlan la distribución de llaves. Las llaves se asignarán en función del puesto y se contabilizarán anualmente. Las llaves deben contabilizarse antes de que finalice el año escolar. Si un empleado deja la escuela, deberá devolver la llave antes de que comiencen las vacaciones de verano. Los empleados son responsables de las acciones asociadas a la(s) llave(s) asignada(s). Las llaves no deben compartirse en ningún momento. La pérdida de una llave debe comunicarse inmediatamente al administrador del edificio correspondiente. El coste de sustitución de una llave perdida o robada es el coste de sustituir las cerraduras a las que la llave puede acceder. El empleado es responsable de este coste a menos que la administración del edificio renuncie a él basándose en circunstancias individuales. Las llaves deberán devolverse al administrador del edificio al finalizar la relación laboral y antes de que se emita la última nómina. No se obtendrán duplicados de las llaves de ninguna otra fuente que no sea el cerrajero del distrito. Cualquier llave muy gastada o rota será reemplazada en base a intercambio. A cualquier empleado que a sabiendas haga, duplique, haga duplicar, o tenga en su posesión cualquier llave de un edificio sin autorización, se le revocarán los privilegios de llave y se enfrentará a medidas disciplinarias hasta e incluyendo el despido.

La entrega de llaves maestras a nivel de edificio debe limitarse a las siguientes personas: director de la escuela, subdirectores (facilitador), jefes de conserjes, Departamentos de Mantenimiento y Tecnología. Las llaves maestras también serán aseguradas en cajas de entrada especiales para el uso de los oficiales de Bomberos y Policía de la Ciudad de Provo.

Los administradores del edificio deben aprobar cualquier excepción a este procedimiento y llevar un registro escrito de las excepciones.

Todo empleado que infrinja este procedimiento podrá ser objeto de medidas disciplinarias que pueden llegar al despido.

Aprobado por la Junta Directiva 

9 de marzo de 2015

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