Última modificación: 26 de marzo de 2025
Política 5325 P1 Colocación de nuevos empleados en la escala salarial
Empleados contratados
Los empleados contratados que sean nuevos en el distrito serán colocados en la escala salarial de acuerdo con su formación y años de experiencia hasta un máximo de siete años en un puesto similar.
Los candidatos excelentes que sean seleccionados podrán solicitar al supervisor de contratación que se les reconozcan años adicionales de experiencia en un puesto similar presentando al Superintendente Adjunto pruebas verificables de la calidad de su trabajo anterior.
La solicitud debe incluir:
- Una carta solicitando la colocación avanzada del supervisor que contrata al nuevo empleado que describa la calidad del trabajo anterior del nuevo empleado. La descripción debe incluir pruebas específicas verificables (documentos) como: mejoras significativas en los logros de los alumnos, premios de reconocimiento, puestos de liderazgo ocupados o formación líder en desarrollo profesional.
- Un currículum vitae del nuevo empleado.
También se podrá conceder la consideración de escalones adicionales en la escala salarial a los puestos difíciles de cubrir. La persona que contrata al nuevo empleado puede presentar una carta al Superintendente Adjunto en la que describa las razones por las que la reserva de posibles empleados para el puesto era escasa. La carta debe incluir:
- El número de intentos de contratación para el puesto
- El número de candidatos para el puesto por cada intento de contratación para el puesto.
- La calidad de los candidatos en cada intento de contratación para el puesto
- Cada solicitud se tratará individualmente en función de sus méritos. Estas solicitudes son, por su propia naturaleza, únicas, por lo que ninguna decisión anterior sobre otro caso influirá en una decisión futura.
Empleados por horas
Los nuevos empleados por hora se situarán en el nivel cero (0) de la escala salarial. Los empleados por hora actuales que cambien a otro puesto dentro del distrito y tengan al menos un (1) año de empleo en el distrito, se colocarán en el nivel uno (1) de la escala salarial.
Aprobado por la Junta Directiva
16 de junio de 2015
Revisado: Octubre de 2017