Última modificación: 25 de marzo de 2025
Norma 5220 Registros de empleados
El Distrito mantendrá un expediente personal oficial permanente para cada empleado en la Oficina de Recursos Humanos del Distrito. Cada expediente incluirá:
- Solicitud de empleo
- Referencias e información procedentes de fuera y/o dentro del Distrito que se hayan obtenido en el proceso de evaluación del individuo para el empleo.
- Información relacionada con el empleo de la persona con el Distrito, como registros de conferencias, sesiones de evaluación, tareas especiales, logros, acciones disciplinarias oficiales y/u otros datos pertinentes.
Los empleados pueden consultar su expediente personal solicitándolo por escrito a Recursos Humanos. Los expedientes personales se clasifican como privados según GRAMA. Los empleados tendrán acceso a su expediente personal acompañados por un representante de Recursos Humanos en un plazo de 10 días laborables a partir de la fecha de la solicitud del empleado. A los empleados que soliciten copias de su expediente personal se les podrá cobrar una tarifa razonable de conformidad con GRAMA.
Esta información está clasificada como privada en virtud de GRAMA.
Historiales médicos
Todos los registros relativos a la salud de los empleados o la información médica se almacenarán por separado del archivo oficial de personal. Esta información está clasificada como privada y/o controlada en virtud de GRAMA.
Cambio en la información individual del empleado
El empleado es responsable de realizar con prontitud cualquier cambio en la información individual del empleado (como cambio de dirección, número de teléfono, etc.) por escrito a la Oficina de Recursos Humanos del Distrito y actualizarla en Employee Online.
Referencias legales
- Código de Utah 63G-2-302: Acceso a Registros Gubernamentales, Registros Privados
- Procedimiento 5220 Registros de empleados con licencia
Aprobado por la Junta Directiva
14 de enero de 2014