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Última modificación: 21 de marzo de 2025

5020 P8: Preferencia en la contratación de veteranos y sus cónyuges

Definiciones:

  1. Veterano: el mismo significado que en Código de Utah § 68-3-12.5 (42)(a)
  2. Militante: miembro de las fuerzas armadas en activo
  3. Persona discapacitada: veterano o miembro de las fuerzas armadas que ha demostrado la existencia de una discapacidad relacionada con el servicio o que recibe una indemnización, una prestación de jubilación por discapacidad o una pensión en virtud de un estatuto público administrado por el Departamento de Asuntos de Veteranos de Estados Unidos o un departamento militar.
  4. Preferencia elegible: cualquier individuo que sea veterano o miembro del servicio, un individuo con una discapacidad, el cónyuge o el cónyuge superviviente de un veterano o miembro del servicio, un receptor del corazón púrpura, o un miembro retirado de las fuerzas armadas.

Preferencia para veteranos

Al considerar candidatos para empleo en el Distrito, el Distrito otorgará una preferencia de veterano a cada individuo elegible para preferencia según se define en esta Política. El oficial de personal o de recursos humanos del Distrito agregará a la puntuación de un individuo elegible de preferencia que recibe una puntuación de aprobación en un examen, o cualquier mecanismo de calificación o clasificación utilizado en la selección de individuos para el empleo en el Distrito lo siguiente:

  1. Cinco por ciento (5%) de la puntuación total posible si el individuo es un veterano o miembro del servicio;
  2. Diez por ciento (10%) de la puntuación total posible si el individuo es un veterano o miembro del servicio con una discapacidad o un receptor del corazón púrpura; o,
  3. Si se trata de un cónyuge o cónyuge supérstite, el mismo porcentaje de incremento al que tiene o habría tenido derecho el veterano o militar que cumple los requisitos.

La elegibilidad preferente se añadirá como mínimo a un paso del proceso. Una persona con derecho a preferencia que solicite un puesto que no requiera examen tendrá preferencia en la entrevista para el puesto. Si todas las demás circunstancias relevantes para el empleo son iguales entre los candidatos, se dará preferencia al veterano que solicite un puesto en el Distrito.

Referencias legales

Política, procedimientos y formularios relacionados

Adoptada: 25 de febrero de 2025

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