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Última modificación: 8 de octubre de 2024

4151 P2: Participación en deportes interescolares

Definiciones

  • "Deporte interescolar" significa una actividad en la que un alumno representa a su escuela en el deporte en competición contra otra escuela.
  • Por "deporte interescolar designado por género" se entiende un deporte interescolar designado específicamente para estudiantes de sexo femenino o masculino.
  • "Título IX" significa el Título IX de las Enmiendas Educativas de 1972, codificado en 20 U.S.C. § 1681 et seq.

Informe sobre los deportes interescolares

El Distrito Escolar de la Ciudad de Provo reconoce y entiende la importancia de evaluar la Participación Atlética Interescolar en cada escuela dentro del distrito. Antes del comienzo de cada año académico, el director atlético u otro administrador designado de cada escuela del distrito que patrocine u ofrezca un deporte interescolar proporcionará a la Junta de Educación un informe sobre los deportes interescolares disponibles en la escuela, incluyendo tanto los deportes interescolares designados por género como los deportes interescolares designados como mixtos. El informe incluirá los deportes interescolares designados por la Asociación de Actividades de Escuelas Secundarias de Utah ("UHSAA") como deportes femeninos, deportes masculinos y deportes mixtos, pero también incluirá cualquier deporte interescolar que no esté regulado por la UHSAA. El informe incluirá:

  1. el número de estudiantes que participan en cada deporte interescolar, clasificados por sexo;
  2. la cantidad de gasto que el centro dedica a cada deporte interescolar designado por sexo (en total y por alumno);
  3. la cantidad de gasto que el centro dedica a cada deporte interescolar no designado por sexo (en total y por alumno);
  4. una comparación y evaluación de los lugares designados para los entrenamientos y los partidos de cada deporte interescolar, incluidas comparaciones entre deportes interescolares similares designados por género; y
  5. información relativa a los esfuerzos de la escuela para cumplir con el Código de Utah Título 63G, Capítulo 31, Parte 2, Distinciones por razón de sexo, y para cumplir con los requisitos de no discriminación del Título IX, ya que se aplican a los deportes interescolares.

Si los datos del informe indican que existe una discrepancia general en la participación de 10% o superior entre los deportes interescolares designados para hombres y los deportes interescolares designados para mujeres, el informe también incluirá un plan de acción desarrollado por la escuela para abordar la discrepancia.

Referencias legales

Adoptado

27 de septiembre de 2024

Políticas y procedimientos relacionados

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