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Última modificación: 26 de septiembre de 2023

Política nº 2025 Administración en ausencia de política o procedimiento

El superintendente y otros miembros del personal en quienes se haya delegado autoridad administrativa o de supervisión estarán autorizados a utilizar su mejor criterio en ausencia de una política o procedimiento específico, siempre que dicha acción no entre en conflicto con las metas y objetivos generales del distrito o con cualquier ordenanza, estatuto, reglamento o directiva local, estatal o nacional. Esta política no niega el valor o el propósito de tener políticas de la Junta, sino que reconoce que pueden surgir algunas circunstancias que no se ajustan fácilmente a una política existente.

En caso de duda sobre el curso de acción apropiado o si es evidente que las consecuencias podrían ser graves, se espera que el miembro del personal se ponga en contacto con el superintendente u otro administrador que pueda proporcionar la ayuda adecuada.

Aprobado por la Junta Directiva de Educación:

10 de septiembre de 2013

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