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Última modificación: 26 de septiembre de 2023

Política nº 1115 Funciones del Presidente de la Junta Directiva

El presidente de la Junta Directiva de Educación presidirá todas las reuniones de la Junta, nombrará a todos los comités formados por la Junta y firmará todas las peticiones de dinero para escuelas al administrador de negocios que ordene la Junta.

Presidente

El Presidente de la Junta preside todas las reuniones de la Junta. A continuación se enumeran las responsabilidades del presidente:

  1. Convocar a la Junta a sesión.
  2. Dirigir las reuniones del Consejo.
    • Declarar la apertura de las reuniones.
    • Pasar lista formalmente.
    • Determinar el orden del día de acuerdo con la política de la Junta.
    • Identificar a los solicitantes de la palabra.
    • Norma sobre la admisibilidad de los negocios.
      • Declarar las mociones procedentes o improcedentes.
      • Declarar, sujeto a anulación, la oportunidad de que la Junta examine determinados puntos del orden del día.
      • Declarar, sujeto a anulación, determinados asuntos dentro o fuera del ámbito de actuación de la Junta.
    • Dentro de los límites de la política de la Junta, controlar el alcance del debate.
      • Declarar, sujeto a su anulación, cerrada la discusión cuando los comentarios se vuelvan repetitivos, dilatorios o dejen de ser pertinentes para el punto en cuestión.
      • Declarar cerrado el debate cuando se hayan agotado los plazos previamente fijados por decisión de la Junta.
    • Mantener la dignidad de la Junta en sesión.
      • Aplicar las normas de procedimiento parlamentario.
      • Restringir el debate dentro de los límites del buen gusto y la cortesía.
      • Ofrecer igualdad de oportunidades para la expresión de puntos de vista opuestos.
      • Dentro de los límites de la política de la Junta, garantizar la rápida tramitación de los asuntos de la Junta.
      • Declarar fuera de lugar toda acción y comentario impropio de un órgano legislativo en sesión.
    • Declarar los resultados de la votación de la Junta.
      • Declarar la aprobación o negación de las mociones.
      • Declarar, para que conste en acta, la identidad de los miembros (incluido el presidente) que votan a favor y en contra y de los que no votan.
    • Garantizar el registro legal de los asuntos de la Junta.
      • Declarar las decisiones de la Junta al secretario de la Junta Directiva de Educación.
      • Averiguar con el secretario o investigar en los registros, el ritmo de avance de la toma de notas respecto al despacho de los asuntos por parte de la Junta.
    • Aumentar la eficacia de los procedimientos de reunión del Consejo.
    • Declarar la sesión como cerrada.
  3. Garantizar el correcto mantenimiento de los registros y suministros de la Junta.
  4. Firmar como presidente del Consejo las copias oficiales de las actas y otros documentos del Consejo.
  5. Garantizar la legalidad de las acciones, los procedimientos, las reuniones y la composición de la Junta.
  6. Recibir todas las delegaciones y peticiones de la Junta.
  7. Emitir, sujeto a aprobación previa de la junta, declaraciones oficiales de las medidas y políticas de la misma.

Deberes con respecto a otros miembros del Consejo

En su función de presidir la Junta Directiva de Educación, el Presidente de la Junta también es responsable ante y por las contribuciones y la participación de los demás miembros de la Junta, como se indica a continuación:

  1. Dirigir el debate en las reuniones de la Junta.
    • Hacer que los temas de debate se enumeren y se entreguen a todos los miembros antes de las reuniones.
    • Estimular la participación en el debate de todos los miembros.
    • Mantener una discusión concisa.
    • Garantizar la discusión de todas las fases importantes de cada problema considerado.
    • Garantizar el pleno empleo de las capacidades especiales de cada uno de los miembros de la Junta para el desempeño de sus funciones.
    • Orientar el debate hacia una autorización o directriz de acción o hacia una declaración de política.
  2. Proteger los derechos de expresión y la libertad de acción de todos los miembros del Consejo.
    • Mantener los procedimientos democráticos en todas las sesiones del Consejo.
    • Proteger la opinión minoritaria.
    • Garantizar una audiencia justa para todos los puntos de vista.
    • Garantizar el respeto de la expresión de opiniones discrepantes por parte de la Junta.
    • Impedir, dentro de la política del Consejo, que se ponga fin a la discusión de cualquier problema hasta que cada miembro haya expresado su opinión o haya manifestado su voluntad de que se ponga fin a la discusión.
    • Decidir imparcialmente sobre argumentos que dependan de juicios del presidente.
    • Impedir influencias decisorias sobre los miembros de la Junta, distintas de las que se producen en un debate libre, exhaustivo y democrático en las reuniones del Consejo.
    • Abstenerse de discutir elementos de las deliberaciones de la Junta fuera de sus reuniones, salvo cuando el interés público exija una declaración oficial.
    • Sostener que todas las decisiones y acciones de la Junta son de todos los miembros hasta que dichas decisiones y acciones sean desautorizadas por mayoría de votos en sesión legal de la Junta.
    • Garantizar la autorización, realización e información de todos los asuntos de la Junta en sus sesiones legales.
    • Como presidente, velar por el buen orden de las reuniones, con cortesía, tolerancia, sinceridad y respeto mutuo; evidenciados en las relaciones de los miembros entre sí.
  3. Incorporación de nuevos miembros.
    • Determinar la legalidad de la afiliación declarada.
    • Declarar el asiento del nuevo miembro.
    • Expresar la bienvenida oficial de la Junta.
    • Presentar al nuevo miembro a los demás miembros de la Junta, al superintendente de escuelas y al resto del personal escolar.
    • Proporcionar materiales informativos sobre el sistema escolar, la organización del distrito escolar, las prácticas y políticas de la Junta, los deberes de los miembros de la Junta, las autorizaciones y obligaciones legales, los programas educativos de las escuelas, los problemas actuales de la Junta y las fuentes de información que ayuden a tomar decisiones en las deliberaciones del Consejo Escolar.
    • Hacer accesibles todos los registros de los asuntos de la Junta.
    • Proporcionar, de acuerdo con la política de la Junta, equipos tales como cubiertas de carpeta para copias oficiales de documentos de la Junta, lista de miembros de la Junta, directorio y calendario escolar, mapa del distrito escolar, gráficas demográficas, declaraciones de política de la Junta, código escolar estatal, libros y revistas, cuadernos y archivos.
    • Organizar visitas de observación del sistema escolar para los nuevos miembros.
  4. Fomentar las buenas relaciones con otros consejos escolares.
    • Asegurar el intercambio de información.
    • Fomentar la visita recíproca de las reuniones de la Junta y las plantas escolares.
    • Colaborar en el desarrollo de las reuniones de zona de los miembros de los consejos escolares.
    • Garantizar la representación de los miembros de la Junta Directiva de Educación en las reuniones del condado, del estado y en otros ámbitos.
    • Participar en la planificación de la mejora general de las oportunidades educativas.
  5. Mantener la preeminencia de objetivos educativos dignos en todas las actividades del consejo escolar.
    • Garantizar la planificación a largo plazo de las actividades encaminadas a la consecución de los objetivos educativos.
    • Garantizar que el personal informe continuamente a la Junta sobre los programas y problemas en la educación.
    • Recurrir al personal para que le ayude en las deliberaciones del Consejo.
    • Evaluar todas las propuestas en relación con la consecución de objetivos educativos meritorios.
    • Conseguir la expresión de las necesidades de la comunidad en materia de educación.
  6. Provocar el desarrollo y la ejecución de un plan a largo plazo de mejora escolar y de acción de la Junta.
  7. Garantizar la adopción de códigos éticos que rijan a la Junta Directiva de Educación.
  8. Según el interés público, exponer y eliminar cualquier caso de conducta poco ética de cualquiera de los miembros de la Junta.

Funciones relativas al personal

El presidente de la Junta Directiva tiene las siguientes responsabilidades hacia el personal del distrito:

  1. Representar a la Junta en sus relaciones oficiales con el personal certificado y clasificado.
  2. Representar oficialmente a la Junta ante el personal a través de los funcionarios ejecutivos del sistema escolar.
  3. Aceptar las representaciones del personal a través de los responsables ejecutivos del sistema escolar.
  4. De acuerdo a las políticas, exigir la presentación de informes escolares a la Junta.
  5. Como miembro del Consejo, realizar visitas de observación del sistema escolar.
  6. Como presidente de la Junta y, junto con los miembros la Junta en pleno o un comité autorizado, realizar visitas de inspección anuales.
  7. Respetar los códigos éticos profesionales y exigir su cumplimiento.
  8. Observar los códigos éticos de los miembros de la Junta en todas sus relaciones con el personal certificado y clasificado.
  9. Garantizar la libertad académica y las libertades individuales del personal escolar.
  10. Exigir el cumplimiento de las disposiciones contractuales.
  11. Asegurarse de que la Junta adopte políticas equitativas de empleo, retención, promoción y despido del personal.
  12. Mantener la preeminencia del bienestar de los alumnos y estudiantes sobre el bienestar, la comodidad y la conveniencia de la Junta Directiva y del personal.
  13. Mediante el conocimiento del funcionamiento de la escuela, por parte del Consejo, exigir un alto nivel de servicio del personal escolar.
  14. Aprovechar plenamente la capacidad del personal para asistir a la Junta en sus esfuerzos por mejorar toda la organización escolar.

Deberes con respecto a la comunidad local

Aunado con las responsabilidades de liderazgo del Presidente de la Junta, como se ha señalado anteriormente, se encuentra el requisito de conectar a la Junta con la comunidad de las siguientes maneras:

  1. Representar como miembro de la Junta a todo el distrito escolar en las deliberaciones de la Junta.
  2. Buscar la expresión de la opinión de la comunidad como guía para el Consejo de Educación.
  3. Interpretar las expresiones de los grupos de presión comunitarios en relación con los intereses públicos.
  4. Defender, bajo conceptos democráticos de derechos y libertades, a los grupos minoritarios de la comunidad en relación con el sistema escolar.
  5. Remitir al personal certificado, a reserva de revisión por el Consejo si fuera necesario, los problemas de relaciones profesionales con la comunidad.
  6. Interpretar la comunidad al personal certificado y clasificado.
  7. Proteger al personal profesional y escolar de presiones indebidas por parte de grupos o individuos de la comunidad.
  8. Interpretar el programa y los planes educativos a la comunidad.
  9. Promover la comprensión y el interés de la comunidad por las actividades escolares y desarrollar el interés de la comunidad por los logros educativos meritorios.
  10. Promover la actividad escolar en programas de mejora de la comunidad.
  11. Asistir como miembro de la Junta a las actividades de la comunidad centradas en la escuela.
  12. Representar a la Junta en declaraciones oficiales al público.

Funciones relativas al Gobierno del Estado

El presidente de la Junta también tiene responsabilidades ante las entidades gubernamentales de las siguientes maneras:

  1. Representar a la autoridad educativa estatal en el distrito escolar.
  2. Garantizar el cumplimiento de las secciones aplicables de la ley en el sistema escolar.
  3. Garantizar la legalidad de todas las acciones de la escuela y del consejo escolar.
  4. Exigir, a través de la autoridad de la Junta, la presentación rápida de informes precisos por parte del sistema escolar al gobierno estatal.
  5. Dirigir, en calidad de presidente de la Junta, las audiencias públicas previstas por la ley.
  6. Garantizar todas las ventajas posibles para el sistema escolar dentro de una legislación permisiva.
  7. Guiar a la Junta hacia la comprensión de la organización escolar estatal y la legislación escolar estatal.
  8. Actuar con el gobierno estatal y otras unidades gubernamentales, incluidos los distritos escolares, en la promoción de oportunidades educativas para todas las personas del estado.
  9. Como funcionario escolar del Estado, actuar a favor del interés público del Estado en conjunto cuando éste y el interés público local parezcan estar en desacuerdo.

Funciones del Presidente llevadas a cabo por el Vicepresidente

Si el presidente está ausente o tiene un impedimento, las funciones enumeradas en esta política son desempeñadas por el vicepresidente.

Referencias legales y sinopsis

Código de Utah Ann. 53G-4-205

Funciones del Presidente

Aprobado por la Junta Directiva de Educación: 

13 de agosto de 2013

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